DISPOSITIVA
Por todo los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Control N° 02, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL al adolescente IDENTIDAD OMITIDA; plenamente identificado al inició de esta decisión, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO tipificado en el articulo 455 del Código Penal cometido en perjuicio de la ciudadana ARLENIS ALEJANDRA BARRERO COVA;de conformidad con lo pautado en el artículo 561 Literal e) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Diarícese, regístrese, publíquese, notifíquese y déjese copia de la presente decisión.