En consecuencia, esta Alzada, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y tomando en consideración que la inhibición esta fundamentada en causal legal, declara la misma CON LUGAR. Así se decide. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Particípese de la presente decisión al juez inhibido. Líbrese oficio y copia certificada de la presente decisión a los fines de la participación ordenada.