éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrador Judicial, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente Solicitud Declaración de Unicos y Universales Herederos, presentado por las ciudadanas Augusta Chique y María Angelica Idrogo, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.169.849 y 8.242.905, respectivamente. Así se decide.