Este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TERMINADO el presente INTERDICTO DE AMPARO incoado por la ciudadana Ana Teresa González De Rasines, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 567.041, domiciliada en Puerto la Cruz, Municipio Sotillo del estado Anzoátegui, contra Giuseppe Auquello Licausi, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.249.369.
Queda así REVOCADA la sentencia apelada.
Se exime a las partes el pago de las costas procesales dada la naturaleza del presente fallo.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, por cuanto fue publicada fuera del lapso de Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.