Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona,, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PERECIDO, la adhesión al Recurso de Apelación incoado por Abogado ejercicio, ANGEL DEL CASTILLO, inscrito en el IPSA bajo el N° 37.456 y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARCIS CAROLINA GIL LUCART, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.904.765, domiciliada en el edificio Christhel Palace, Piso 2, apartamento 2-A , Sector Colinas del Neveri, Barcelona Estado Anzoátegui, actuando en representación de sus hijas Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), contra la .....