Fundamenta dicha inhibición la Juez, en la causal contenida en el numeral 4° del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al señalar la Juez que mantiene amistad intima con el apoderado judicial de la parte actora abogado ISAIAS GUILARTE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 118.857 y, siendo que sólo el referido Juez conoce el grado de amistad o enemistad que lo une a determinada persona, de allí la importancia y valoración de su declaración, este Tribunal a los fines de resolver la presente inhibición observa de su declaración, a los fines de garantizar la imparcialidad y transparencia en las actuaciones jurisdiccionales, por ende al evidenciarse que las razones que le sirven de fundamento para proceder a su inhibición realizada se subsume en los parámetros legales expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, administrando Justicia en nombre la Republica Bo.....