Asimismo, se designa Depositario del inmueble secuestrado a la Depositaria Judicial “LA ANZOATEGUI C.A.”, representada por el ciudadano ARMANDO BASTARDO venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.214.322, quien así lo recibe de conformidad. Igualmente este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas, deja constancia que la ciudadana YAJAIRA JOSEFINA LOPEZ, anteriormente identificada y parte demandada en el presente juicio, manifestó trasladar sus bienes fuera del inmueble a su cuenta y riesgo; con la ayuda y colaboración del personal que labora en la Depositaria Judicial “LA ANZOATEGUI C.A.”. Cumplida como ha sido la misión del Tribunal, se acuerda el regreso a su sede, siendo las 4.00 p.m. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TEMPORAL SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS;
Dra. DIANA B. VÁSQUEZ BASS(fdo)
PARTE DEMANDADA y NOTIFICADA
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