...este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano VICTOR RAMON GOMEZ en contra de la empresa CONCREMIX ORIENTE C.A., antes identificados, en virtud del incumplimiento de la Providencia Administrativa de fecha 10-11-2011, contenida en el expediente administrativo numero 003-2011-01-01164, dictada por la Inspectoría de Trabajo Alberto Lovera, sede Barcelona, Estado Anzoátegui y, en consecuencia, se ORDENA a dicha sociedad de comercio, su ejecución inmediata e incondicional en los términos del artículo 30 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esto es, reponer al trabajador VICTRO RAMON GOMEZ, con cédula de identidad número 15.051.989, a su lugar de trabajo, en las mismas condiciones en las qu.....