Este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: SE REVOCA la sentencia de fecha 28 de octubre de 2011, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, que declaró sin lugar la demanda por ACCIÓN MERO DECLARATIVA incoada por la ciudadana SANDRA MARIA PINO RAMOS contra el ciudadano OMAR BAUTISTA RASSE VELASQUEZ, todos suficientemente identificados; Segundo: SE REPONE la causa al estado en que se admitió para que se haga el llamamiento por edicto previsto en el artículo 507 del Código Civil, y se declara NULO todo lo actuado con posterioridad al auto de admisión de la demanda.