Por todas las razones antes expuesta este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO DE MUNICIPIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARAGUA, SIR ARTHUR MC GREGOR Y SANTA ANA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO POR OMISION DE FECHA, , presentada en fecha 29 de junio de 2.018, por el ciudadano: SIMON RAFAEL MAITAN COA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.983.533, domiciliado en la población de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JUAN JOSE GUACARAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 162.638, de conformidad con lo establecido en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil en concordancia con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia ordena rectificar e.....