Por los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Con Lugar la Inhibición planteada por la Abogada GLORIA SILVA ALEXIS, en su carácter de Jueza del Juzgado Segundo del Municipio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE POLIZA DE SEGUROS propuesta por el ciudadano ZONNY JOSE PARUTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.230.116, en contra de la Sociedad Mercantil LA ORIENTAL DE SEGUROS, C.A. Así se decide.