Seguidamente este Tribunal, vista la información suministrada por la notificada, declara Embargada Preventivamente la cantidad de OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCO BOLÌVARES FUERTES CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 86.905,95); existentes en la Cuenta Corriente signada con el Nº 0116003615-0005329078, pertenece a la empresa demandada, vale decir, CONSORCIO OTEPI-GREYSTAR, cantidad esta que comprende el total de la suma demandada, mas las costas prudencialmente calculadas por el Tribunal de la causa.-