este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REPONE la presente causa, a tenor de lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, al estado de que el Defensor Judicial (ad litem), abogado Luis Eduardo Velásquez, de contestación a la demanda en los términos previstos en este tipo de juicios de Partición de Bienes, incoado por los ciudadanos Jorge Marcano Mujica, Ernestina Marcano de Rodríguez, Esteban Aguilera Mujica, Carmen Marcano de Rondan, Humberto Aguilera Mujica, Yoselina Reyes Marcano, Raquel Marcano Rodríguez, Tomas Marcano Rodríguez, José Marcano Castellano y Beatriz Marcano, en contra de los ciudadanos Adolfo Marcano Mujica, Freddy Marcano Mujica y Gilberto Marcano Mujica, todos plenamente identificados, conforme a lo establecido en el artículo 778 ejusdem, para lo cual se.....