Con base a los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
Primero: Con lugar la apelación ejercida por el abogado Luis Santana Pocaterra, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 8195, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 11 de octubre de 2.011.-
Segundo: REVOCADA la decisión apelada de fecha 11 de octubre de 2.011, por el Juzgado A-quo.-
Tercero: INADMISIBLE IN LIMINIS LITIS la presente demanda que por DESALOJO, intentara el ciudadano NOBUAKI WATAY SERIZAWA, en representación de los ciudadanos JOSE WATAY SERISAWA, SATURO WATAY SERIZAWA, SUSUMO WATAY SERIZA.....