Este Tribunal visto lo expuesto por las partes y siendo el convenimiento presentado por ellos no es contrario a los intereses de sus hijos: (Se omiten sus nombres de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), Le IMPARTE HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes de conformidad con lo preceptuado en el articulo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente se acuerda expedir por Secretaria copia certificada de la presente acta.