Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mac Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, de conformidad con lo establecido en los artículos 184 del Código Civil Vigente y el artículo 8, ordinal 8° de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, efectuada por los ciudadanos: LESBIA MARISELA ALMEA DE HERNANDEZ y JOSE RAFAEL HERNANDEZ MAESTRE, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 10.999.916 y V- 10.997.487, respectivamente, domiciliados ambos en la ciudad de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos antes mencionados, en fecha 31 de Marzo del.....