Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución, del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE PRIMERO: Se ORDENA la EJECUCION DE LA SENTENCIA CONDENATORIA, dictada en fecha 25 de Julio de 2008 por el Tribunal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual SANCIONO con la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el plazo de DOS (2) AÑOS ,al ciudadano EDENI JOSE BRAVO TAMOY, EDENI JOSE BRAVO TAMOY, venezolano, Titular de la cédula de identidad N° 21.327.787, natural de Cantaura, Estado Anzoátegui, nacido el 20/09/1989, de 18 años de edad, soltero, hijo de los ciudadanos MILAGROS TAMOY y EDENI MILLAN, residenciado en SECTOR ANDRES BELLO, CALLE FRAIZ FERNANDEZ JIMENEZ, CASA S/N, CANTAURA, AN.....