ASUNTO PRINCIPAL : BP01-D-2005-000024
ASUNTO : BP01-D-2005-000024
DECISION: AUTO ACORDANDO REBELDIA DE LOS ADOLESCENTES Y SU UBICACIÓN INMEDIATA
Vistos los Oficios signados con los números 047/2005 y 048/2005 respectivamente, ambos de fecha 27 de Enero del año en curso, recibidos en este Juzgado en fecha 31 de Enero del presente año, cursantes a los folios 52 y 53 del presente asunto, suscritos por la Jefe (E) del Centro de Diagnostico y Tratamiento “Profesor Antonio José Díaz”, Lic. YADIRA TORNEL, mediante los cuales informó a este Tribunal que los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA; IDENTIDAD OMITIDA, se evadieron de la Institución antes señalada, el día 27-01-2005, anexo a los cuales fueron remitidos a este Despacho, los respectivos Informes de Fuga, este Tribunal pasa a realizar las consideraciones siguientes:
El Legislador especial, previó en el artículo 617 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, lo siguiente.....