Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 01 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Conforme a lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 479, en relación con lo dispuesto en los artículos 480 y 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se ejecuta la Sentencia Definitiva condenatoria dictada en fecha 12-01-2009, por el Juzgado de Control Nro. 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se condenó al ciudadano EDUARD RODRIGO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 20.535.392, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias de Ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal, conforme al procedimiento por admisión de los hechos establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAV.....