Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, APRUEBA EL ACUERDO REPARATORIO CELEBRADO entre las acusadas MARTHA ELENA BLANCO ALFARO, quien es venezolana, titular de la cédula de identidad N° 6.003.241, natural de Caracas, Distrito Capital, nacida en fecha 20-04-56, de 47 años de edad, de estado civil casada, de profesión u oficio ama de casa, hija de los ciudadanos Carmen Lucila Alfaro y de Luis Antonio Blanco, residenciada en el Tejar, Puerto Píritu, Avenida Principal, Casa N° 10, Estado Anzoátegui, JACKELINE BEATRIZ LOZANO, venezolana, cédula de identidad N° 11.933.960, natural de Caracas, Distrito Capital, nacida en fecha 14-06-71, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio del hogar, hija de Vitelda Pineda y Jesús Lozano, residenciada en la Aveni.....