En consecuencia, este tribunal, administrado Justicia, en nombre de
la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio, hecha por los ciudadanos JORGE LUIS THOMAS RUIZ Y GENESIS GABRIELA SANTAMARIA BOLIVAR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, domiciliados en Valle Guanape, Municipio Francisco del Carmen Carvajal del Estado Anzoátegui y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 21.528.181 y V- 20.715.147, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio SULAY MONAGAS PADRON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 210.163, y disuelve por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, el cual fué contraído por ante Registro Civil de Valle Guanape, Municipio Francisco del Carmen Carvajal del Estado Anzoátegui, en fecha 18 de abril del año 2.011, tal como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 011, que cursa inserta en copia certificada del presente expediente. Así se dec.....