En consecuencia, este Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos en que ha sido convenida entre IREIDIZA NARVÁEZ y la empresa PUERTOS DE ANZOÁTEGUI, S.A. (hoy denominada SECRETARIA DE PUERTOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO ANZOÁTEGUI) otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE LA COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio, no se ordena el archivo del expediente No. BH0B-L-2001-000016, por cuanto a las actas procesales no consta que la empresa accionada haya cancelado las sumas convenidas en el escrito transaccional. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los cuatro (4) días del mes de abril del año dos mil seis (2006). Años: 195 de la Independencia y 147 d.....