Se dicto sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva mediante la cual se declaró PERIMIDO la presente demanda de ACCION POSESORIA POR PERTURBACION, presentada por la abogada ANA DANIELA MARRERO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.291.239, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 110.485, en su condición de Defensora Pública Segunda Auxiliar en Materia agraria del Estado Anzoátegui, actuando en representación de los ciudadanos AXEL DELGADO BLANCO y OSCAR LUIS MURILLO ZERPA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-16.221.374 y V-12.595.718, respectivamente.-