Por las anteriores consideraciones, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la acción interdictal por restitución intentada por el ciudadano GIANCARLOS NINO OLIVIERI OLIVIERI, contra los ciudadanos EXFRI JOSÉ CAMPOS MEDINA y MARTÍN GOMEZ y en consecuencia se ordena la entrega o restitución del lote de terreno constante de NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (9.861, M2) cuyos linderos y medidas: Norte: Avenida Intercomunal Tigre- Tigrito, midiendo setenta y dos metros con cuarenta y ocho centímetros (72,48 M); Sur: Carretera Tigrito-Vea, midiendo cincuenta metros con noventa y seis centímetros (50,96 M); Este: Con terrenos propiedad de Domenico Petrusso y Rosa María Imbrunnone, midiendo ciento cincuenta y cinco metros con diecinueve centímetros (155,19 M); y Oeste: Con terrenos de la Sub-estación de Fluidos Eléctricos, midiendo ciento setenta y dos metros (172,oo M2), .....