En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar el recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana Mireya Del Coromoto Moy Figuera, ya identificada, representada por su Apoderado Judicial Abogado Plutarco Elías Marulanda contra la Gobernación del Estado Anzoátegui
SEGUNDO: Se ordena una experticia complementaria al fallo, a fin de determinar el monto correspondiente por diferencia de antigüedad y los intereses causados sobre dicha suma, calculados en base al último salario integral, devengado por la hoy recurrente.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por tratarse de un ente de la Administración Pública.
CUARTO: Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho.....