Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuesto; este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDA DE PRIVACION JUDIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado DENNYS JOSE CAMPOS RAMOS, quien es venezolano, natural de Valle la Pascua, Estado Guarico, fecha de nacimiento el día 21 de Junio de 1.967, de 37 años de edad, Títular d ela Cedula de Identidad N° 9.922.757, de estado civil soltero, de profesión u oficio Pintor, hijo de los ciudadanos MARIA DE LAS NIEVES RAMOS SEIJAS (v) y OLEGARIO RAMOS (v), residenciado Calle Buenos Aires, Barrio Buenos Aires N° 17, Barcelona Estado Anzoátegui, por el delito de "ROBO AGRAVADO", previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Penal. El Procedimiento a seguir es Ordinario. Remitase oficio a la Policia Municipal de Bolivar, participandole que este Tribu.....