Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y con fundamento en el dispositivo legal señalado, declara DESISTIDA la acción incoada por el ciudadano TARCISIO MANUEL GOMEZ en contra de las sociedades mercantiles TALLER INDUSTRIAL EL TIGRE, C.A. (TIET,C.A.) y PDVSA PETROLEO, S.A. por concepto de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales. Y así se decide.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre a los CUATRO (04) días del mes de JUNIO del año DOS MIL DIEZ (2010).
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. LISBETH HARRIS GARCIA
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