Por las razones antes expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Parcialmente Con Lugar la solicitud presentada por la Dra. LINDA MONTERO, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público de éste Estado; en consecuencia, se decreta el Sobreseimiento de la Causa por Extinción de la Acción Penal, conforme a los artículos 318, numeral 3, en concordancia con el 48, numeral 8, ambos del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 108, numeral 6 del Código Penal Venezolano, al modificarse el numeral 3 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, por el numeral 8 de la citada disposición legal, como Causa de Extinción de la acción Penal, a favor de los imputados CESAR ARGENIS VARGAS y EDUARDO JOSE MORALES, por los delitos de Lesiones Culposas Leves a consecuencia de Ac.....