ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SE DECRETA: Medida Cautelar MENOS GRAVOSA al adolescente DIXON JOSE ISAIAS RODRIGUEZ; de 16 años; titular de la Cedula de Identidad N°: 20.740.998 de las Contenidas en el artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente literal " C" como lo es la Obligación de presentarse ante la sede de este Palacio Tribunalicio cada ocho días en el horario comprendido ente 8:30 de la Mañana y 3:30 de la tarde, literal "F" la prohibición de comunicarse con la victima; prosígase por la vía ordinaria, en cuanto a la solicitud fiscal en cuanto a la celebración de la Prueba en Rueda de individuos se fija para el día Jueves de los corrientes a las 10:30 de la mañana, por la presunta comisión del Delito de Desvalijamiento de Vehículo Automotor; se insta al secretario de este Tribunal acordar todas las medidas necesarias para tal efecto; vista la solicitud del defensor público .....