esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede El Tigre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la presente solicitud presentada por la ciudadana YEMDY ALCALA, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.760, en su carácter de Defensora Pública de Protección, actuando en representación de la niña (XXX), a solicitud del ciudadano JHONNY ANDRES CARREÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro 14.803.390. SEGUNDO: Otorga el presente justificativo de CARGA FAMILIAR al Ciudadano JHONNY ANDRES CARREÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro 14.803.390, domiciliado la Calle Bolívar, Viento Fresco, Casa S/N, de la Ciudad de Anaco, Estado Anzoátegui, a favor .....