IV
DECISIÓN
En consecuencia, este Tribunal, administrado Justicia, en nombre de
la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio, hecha por los ciudadanos
LUIS DEL VALLE TORRES MAURERA y YAKELIN MARINA MENDOZA ASCANIO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 8.244.810 y V- 13.913.039, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio JOSE GREGORIO PORRAS ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.669, y disuelve por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, el cual fue contraído por ante Registro Civil de la Parroquia Puerto Píritu del Municipio Fernando de Peñalver del Estado Anzoátegui, tal como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 13, Folio 26 y 27 del Libro Primero, de fecha 17-02-2011, que cursa inserta en copia certificada al folio tre.....