en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la presente solicitud de de DIVORCIO 185-A, SEGUN SENTENCIA 693 DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DE JUNIO DEL AÑO 2015, presentado por los ciudadanos: HECTOR RAMON GARCIA FERNANDEZ y YHESSIKA NATALY DELGADO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.396.498 y V-14.487.414, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio NELLYS SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.106.330, donde se encuentran involucrada su hija, la niña: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la le.....