En fuerza de las precedentes consideraciones, el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el amparo constitucional solicitado por el ciudadano Roberto Edgardo Silveira Lárez, titular de la cédula de identidad N° 8.250.782 contra la empresa TRANSPORTE FRANMI TOURS, C. A., antes identificada.