este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, RESPECTO DEL CIUDADANO LIBARDO PITA, en consecuencia se homologa el desistimiento presentado en fecha 1 de agosto de 2008. Se declara terminada la presente causa respecto de la persona que desiste, mientras que prosiguen las actuaciones respecto de los demás litisconsortes activos.