RESOLUCIÒN
En consecuencia, este Tribunal de Juicio N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley DECRETA: SIN LUGAR el pedimento formulado por la Dra. HERMINIA ALEMAN BOLIVAR, actuando en su carácter de Defensora Publica Penal del acusado AQUILINO JOSE URDANETA INICIARTE, relacionado con la Revisión de la Medida Privativa Judicial Preventiva de libertad dictada por el Juzgado de Control, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 405, del Código Penal Venezolano, en perjuicio del hoy occiso MANUEL SALVADOR NAZARIEGO VEGAS Notifíquese. Cúmplase.