Este Tribunal de Juicio Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, CONDENA AL ACUSADO MARCOS ANTONIO URRIOLA FERNANDEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 13.767.728, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 22-03-1978, de 27 años de edad, soltero, ayudante de soldador, hijo de Carmen Verónica Fernández y Marcos Antonio Urriola, residenciado en la calle Guayaquil, Barrio Sucre, callejón Zulia, Nº 5, Barcelona Estado Anzoátegui, por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, LESIONES MENOS GRAVES, previstos y sancionados en los artículos 5 de la LEY SOBRE HURTO Y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, y LESIONES MENOS GRAVES artículos 278 y 415 ambos del Código Penal; cometidos en perjuicio de los Ciudadanos JOSE LUIS FIGUEROA y DUBER MARIA CARRASQUEL, a cumplir la pena de trece (13) año.....