en consecuencia, se ordena que el presente expediente sea remitido al Tribunal Primero Transitorio Superior de esta misma Circunscripción Judicial, conforme lo tiene establecido el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a los fines de que resuelva sobre el conflicto de competencia que se plantea en este acto. Líbrese el correspondiente oficio. Cúmplase.