En consecuencia, este Juzgado ordena la continuación de la audiencia preliminar y a tal efecto fija el sexto (6to) día hábil siguiente a la presente fecha a las 2:30 de la tarde, encontrándose las partes a derecho. Así se decide, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.