De lo que se evidencia que el penado RODRIGUEZ CARLOS ENRIQUE, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.012.651, no ha cumplido con sus obligaciones para con el Beneficio que actualmente goza, es por lo que este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda REVOCAR EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO que le fuera otorgado por este Tribunal Segundo de Ejecución en fecha 20-08-2005, al penado CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ, venezolano, natural de Barcelona, del Estado Anzoátegui, donde nació en fecha: 25-05-85, de 20 años de edad, soltero, obrero y domiciliado en la Calle Sucre, N° 22, Barrio Universitario, Barcelona del Estado Anzoátegui; por haber incumplido las condiciones impuestas para su permanencia en dicho régimen. En consecuencia Procédase a librar la correspondiente Boleta de Encarcelación a nombre del referido penado y remítase con orden de c.....