Se dictó sentencia interlocutoria en la presente causa declarandose: CON LUGAR, el Recurso de Apelación intentado por la abogada ANGIE LEONOR OLIVARES, en representación de la Empresa DISTRIBUIDORA J&K, ORLANDO, C.A, parte demandante, de la sentencia de fecha 07 de Agosto de 2013, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En consecuencia, Se REVOCA en todos sus términos, en virtud de ello se decreta la nulidad del fallo recurrido y se ordena al Tribunal a pronunciarse y resolver respecto a la Medida Cautelar peticionada por la parte actora conforme a los términos establecidos en esta decisión. Así se decide.