Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente acción, intentada por el BANCO MERCANTIL, C.A. Banco Universal, persona jurídica, originalmente inscrita por ante el Registro Mercantil que llevaba el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal, en fecha 03 de abril de 1925, anotada bajo el N° 123, contra el FUNDO GUAYABITO, S.A., persona jurídica, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, en fecha 07 de diciembre del 1989, anotada bajo el N° 14, Tomo 85-A.
Queda así REVOCADA la sentencia apelada.
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, por cuanto fue publicada fuera del lapso de Ley, de conformidad c.....