Ahora bien, visto el resultado de la experticia practicada al referido vehículo por el cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Tigre, Estado Anzoátegui. Éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano: JOSE OSWALDO RESPLANDOR GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.030.498, sobre el vehiculo con las siguientes características: : Placa: AAB-883, Marca: FORD; Clase: CAMION, Color: BLANCO; Año: 1974; Tipo: ESTACAS; Uso: CARGA, Serial De Carrocería: AJF37P-23497; Serial Del Motor: 8 CILINDROS.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-