En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, actuando en sede constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Juan Ivanor Miguel, debidamente asistida por la Abogada Nusbely Vargas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 75.478, contra Sociedad Mercantil COMARSA DE JUEGOS C.A.