SE DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente ,formulada por los ciudadanos ANTONIO JOSE GONZALEZ PALMA, y MARIELYS CELIDETH AREYAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-9.818.173, V- 11.004.498, respectivamente, de este domicilio. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo del matrimonio civil