Analizados como han sido los recaudos aportados por la pretensión ante en su escrito de solicitud; el contenido del oficio emanado del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, con sede en la ciudad de Anaco, Municipio Anaco de este Estado Anzoátegui, asimismo, el contenido del las testimoniales rendidas por los ciudadanos: CELSA ANGELICA MARTINA MILAGROS DE JOSE GREGORIO LEDEZMA ROJAS y RAIMONDO ANTONIO DORMIO GONZALEZ, respectivamente, se observa que son contestes en su declaraciones y de igual manera verificado que no consta en autos oposición de terceros a la misma, es por lo que en consecuencia, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, para asegurarle el derecho de.....