este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con el asesoramiento de los respectivos expertos, fija como monto definitivo de la experticia complementaria del fallo, por la cantidad de DOS MILLONES SETENTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE BOLÍVARES CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS (Bs. F. 2.070.537,22). Así se decide
Con respecto a los honorarios de los expertos, vista la estimación de los expertos de treinta (60) horas invertidas para cada uno, el tribunal estima prudente la estimación de treinta (30) horas para cada uno, tomando en cuenta que son diez (10) trabajadores reclamantes, para un lapso de tres (3) horas por trabajador, de conformidad en el decreto con fuerza de ley Aranceles Judiciales, sección segunda Art. 54 y 55, y según el Articulo 10, del Reglamento de Honorarios y .....