Por  las  razones  de  hecho  y  de  derecho  precedentemente  expuestas, este  Tribunal   N° 5  de  Primera  Instancia  en  Función  de  Control  del  Circuito  Judicial  Penal  del  Estado  Anzoátegui,  Administrando  Justicia  en  nombre  de  la  República  Bolivariana  de  Venezuela  y  por  Autoridad  de  Ley, DECRETA  EL  SOBRESEIMIENTO  DE  LA  CAUSA,  POR  PRESCRIPCION  DE  LA  ACCION  PENAL,  a  favor  de  los  imputados   WILFREDO  JOSE  BRITO  QUIJADA,   de nacionalidad  Venezolano,  natural de Yaguaraparo  Estado  Sucre, Titular  de  la  Cédula  de  Identidad  N° 5.189.045, de Profesión  u  oficio  Obrero, con  domicilio  en  la  Calle  Maneiro, Casa  N° 04, al  lado  del  Hotel  Gaeta, Paseo  Colon, Puerto  la  Cruz  Estado  Anzoátegui,  TONI  JOSE  GUEVARA  PINTO,  de  nacionalidad  Venezolano,  natural de Puerto  la  Cruz  Estado  Anzoátegui,  de profesión  u  oficio  Obrero, Titular  de  la  Cédula  de  Identidad  N°  8.331.003,  con  domicilio  en  la  Urbanización  T.....