Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal N° 5 de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL, a favor de los imputados WILFREDO JOSE BRITO QUIJADA, de nacionalidad Venezolano, natural de Yaguaraparo Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad N° 5.189.045, de Profesión u oficio Obrero, con domicilio en la Calle Maneiro, Casa N° 04, al lado del Hotel Gaeta, Paseo Colon, Puerto la Cruz Estado Anzoátegui, TONI JOSE GUEVARA PINTO, de nacionalidad Venezolano, natural de Puerto la Cruz Estado Anzoátegui, de profesión u oficio Obrero, Titular de la Cédula de Identidad N° 8.331.003, con domicilio en la Urbanización T.....