En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INACTIVIDAD PROCESAL, en la presente demanda con motivo de IMPUGNACION DE PATERNIDAD y los recaudos que la acompañan, presentada por la DEMANDANTE CLAUDIO TARTAGLIONE FUSTOLO, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 8.181.348, domiciliado en Italia, respectivamente, respectivamente, debidamente asistido por abogada CARMEN VICTORIA LOPEZ inscrita en el IPSA bajo el nº 46.718, en contra de la EYMAR JOSEFINA HERNANDEZ VALDEZ, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-6.917.150, respectivamente, en donde se encuentra involucrado la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republ.....