En base a los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de Alzada declara:
Primero: Sin Lugar la apelación interpuesta por el abogado RAFAEL RAMOS GARCÍA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 17 de abril de 2.007.-