Asimismo constata esta juzgadora, que están llenos los requisitos y extremos de Ley, establecidos en los artículos 3° de la Ley Orgánica del Trabajo, y, 10 y 11° de su Reglamento, razón por la cual, este Tribunal HOMOLOGA la Transacción presentada por las partes y en vista que no hay mas actuaciones que cumplir en la presente causa, se da por terminada y en consecuencia se ordena el archivo del expediente respectivo.